jueves, 17 de enero de 2008

Cuenta de ahorro vivienda

Abrir una cuenta de ahorro vivienda supone fijarse un plazo para comprar (generalmente, cuatro años). Sin embargo, las ventajas que te ofrece esta cuenta pueden resultarte muy convenientes: tú debes valorar si en tu caso compensa la espera.
¿CUÁNTO DINERO
TIENES?
1. Cuenta ahorro vivienda
2. Vivenda para vender
3. Capital inicial
4. Capacidad de
endeudamiento


Una cuenta de ahorro vivienda te ofrece estas dos ventajas:

Te da la posibilidad de desgravarte durante más tiempo, mientras ahorras antes de comprar la vivienda.
Te ayuda a disminuir los costes de un posible crédito, que probablemente necesitarás en el momento de comprar.



Es conveniente que tengas muy claras las dos condiciones principales de las cuentas de ahorro vivienda:

Las cantidades invertidas sólo las puedes destinar a comprar o rehabilitar una vivienda habitual.
Debes invertir todo el saldo de la cuenta en el plazo que se te indique.
¿Podré desgravarme durante más tiempo?

Comprar un inmueble supone un gran impacto económico. La desgravación fiscal es una forma de reducir ese impacto.

Simplemente por comprar tu vivienda habitual, te desgravas (independientemente de que tengas o no una cuenta de ahorro vivienda). En el año de la adquisición te corresponde una desgravación del 15% sobre lo aportado para la compra de la vivienda. La cantidad máxima a la que puedes aplicar esta desgravación es de 9.015,18 euros, por lo que el importe máximo a deducir será de 1.352,28 euros
Ejemplo: El caso de Alberto.

Si tienes una cuenta de ahorro vivienda, puedes aumentar tu capacidad de desgravación fiscal. Las cuentas de ahorro vivienda son cuentas corrientes, libretas o depósitos bancarios (nunca fondos de inversión) que tienen una particularidad. Si quieres ahorrar para comprar tu vivienda, tardarás varios años: la cuenta de ahorro vivienda te da la posibilidad de desgravarte un 15% de las cantidades que ingreses en ella cada año, antes de comprar tu vivienda (el número de años es limitado). La cantidad máxima a la que puedes aplicar esta desgravación es de 9.015,18 euros anuales, por lo que el importe máximo que puedes deducirte cada año será de 1.352,28 euros

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